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Sistema Estatal de Registros de Protección Animal (SERPA) a consulta

Sistema Estatal de Registros de Protección Animal SERPA

Escrito por Raquel López Teruel

Jurista especializada en Derecho Animal.

Publicado el 22/03/2021

por Raquel López Teruel

Jurista especializada en Derecho Animal.

Publicado el 22/03/2021

La Dirección General de Derechos de los Animales (que está adscrita a la Vicepresidencia segunda, en concreto al Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2020) público el 17 de marzo de 2021 la consulta pública previa del Proyecto del Real Decreto que regulará el SERPA, Sistema Estatal de Registros de Protección Animal, que contiene 6 registros nacionales diferentes relacionados con esta materia.

¿Qué es el SERPA?. Sistema Estatal de Registros de Protección Animal

Las siglas SERPA significan Sistema Estatal de Registros de Protección Animal.

El SERPA es una de las propuestas legislativas que la Dirección General de Derechos de los Animales ha puesto en marcha durante el primer trimestre del año 2021.

Tiene por objeto regular la creación, de nada más y nada menos, de 6 Registros Estatales diferentes, dentro del ámbito de la Protección Animal.

El sistema SERPA responde a las siguientes demandas

El SERPA pretende dar respuesta a dos demandas, que te desgloso a continuación.

  1. La Resolución del Parlamento Europeo de 12 de febrero de 2020. Esta Resolución hace especial hincapié en varios puntos que han sido tenidos en cuenta a la hora de crear los Sistemas Estatales de Registros de Protección Animal, como por ejemplo, el registros de criadores de animales de compañía, el reconocimiento y registro nacional de las entidades de protección animal, entre otros temas.
  2. La demanda de la ciudadanía. La ciudadanía demanda cada vez más, una mayor protección, respeto y defensa de los animales y del medio ambiente.

SERPA. Proyecto de Real Decreto a Consulta Previa

El Sistema Estatal de Registros de Protección Animal que será objeto de regulación en un Real Decreto ha sido objeto de consulta previa para la ciudadanía, desde el 17 de marzo hasta el 1 de abril de 2021.

Actualmente no se ha publicado ningún texto, ni ningún borrador que contenga el contenido del futuro proyecto de real decreto que regulará el citado sistema estatal de registros de protección animal.

Si bien, desde el gobierno y en concreto, desde la Dirección General de Derechos de los Animales se ha hecho pública la consulta previa para que cualquier ciudadan@, empresa y/o entidad puede hacer las propuestas que estime convenientes, en relación a la futura creación de los 6 registros de ámbito nacional en materia de protección animal, que se ha anunciado en relación al citado proyecto de Real Decreto.

SERPA. Creará 6 nuevos registros estatales de protección animal

Registro Nacional Animales de Compañía

Este Registro de ámbito estatal supondrá un gran avance en la protección animal, porque implica la creación de un DNI para cada uno de los animales de compañía.

Registro Nacional de Núcleos Zoológicos de Animales de Compañía

El Registro Nacional de Núcleos Zoológicos de Animales de Compañía permitirá tener una base de datos, con los albergues y refugios de toda España que cuenten con este tipo de licencia.

Registro Nacional de Entidades de Protección Animal

El Registro Nacional de Entidades de Protección Animal contendrá una base de datos de todas las entidades que cuidan, rescatan y/o atienden animales de compañía.

Registro Nacional de Profesionales del Comportamiento Animal

Este registro permitirá contar con una base de datos que adiestradores, educadores caninos y otros profesionales del comportamiento animal, con el objetivo de tener una base de datos estatal que evite el intrusismo profesional y las malas prácticas que puedan poner en riesgo la salud y el bienestar de los animales por profesionales no cualificados.

Registro Nacional de Criadores

El Registro Nacional de Criadores permitirá poder tener una base real de todos los criadores de animales de compañía que estén autorizados legalmente, lo que a su vez, permitirá tener un censo de criadores legales y poder determinar qué criadores son legales y cuáles no.

Registro Nacional de Inhabilitaciones para la Tenencia y Actividades relacionadas con Animales.

El Registro Nacional de Inhabilitación para la Tenencia y Actividades relacionadas con Animales permitirá que toda aquella persona que tenga una sanción que le inhabilite para tener o adquirir animales, así como para realizar cualquier actividad relacionada con animales esté censado.

Este es uno de los Registros más demandados, especialmente por las autoridades, agentes y entidades de protección animal, ya que todos ellos, carecen de acceso a una base de datos de ámbito nacional, donde conste qué persona ha sido inhabilitada para tener animales, o realizar cualquier actividad relacionada con ellos:

  1. Bien porque la persona en cuestión haya sido condenada, por uno o varios delitos de maltrato animal y/o abandono de animales (artículos 337 y 337 bis del código penal, respectivamente) y/o
  2. bien porque dicha persona haya sido sancionada por la comisión de infracciones administrativas por maltratar a un animal o a varios, o abandono o por la comisión de otras infracciones graves y/o muy graves reguladas en las leyes administrativas de protección animal que regulan los animales de compañía, a nivel autonómico y/o municipal.

Este Registro posiblemente se conozca popularmente, cuando sea creado, como el Registro Estatal de Maltratadores de Animales.

Dirección General de Derechos de los Animales.

La Dirección General de Derechos de los Animales que pertenece al Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 y a su vez a la Vicepresidencia Segunda del Gobierno ha hecho público el 17 de marzo de 2021 que se está trabajando en un Proyecto de Real Decreto que regulará el Sistema Estatal de Registros de Protección Animal, y que éste se encuentra tanto en fase de proyecto como de consulta pública previa.

No habiéndose publicado, a la fecha de edición y publicación de este artículo ningún borrador con el contenido del citado Proyecto de Real Decreto que regulará las bases del SERPA, Sistema Estatal de Registros de Protección Animal .

Regulación de la consulta pública previa del Proyecto de Real Decreto que regulará las bases del SERPA

La regulación de la consulta pública previa del Proyecto de Real Decreto que regulará las bases para la creación del SERPA, Sistema Estatal de Registros de Protección Animal está en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, el artículo 26.2 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno regulan la obligatoriedad del legislador de someter al trámite de consulta previa las leyes y reglamentos y el Acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de septiembre de 2016, por el que se dictan instrucciones para la participación pública en el proceso de elaboración normativa a través de los portales web de los departamentos ministeriales, publicado por Orden PRE/1590/2016, de 3 de octubre.

A continuación puedes leer el texto literal de los dos preceptos mencionados, de las Leyes citadas anteriormente.

Artículo 133 de la Ley 39/2015. Participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas con rango de Ley y reglamentos.

Con carácter previo a la elaboración del proyecto o anteproyecto de ley o de reglamento, se sustanciará una consulta pública, a través del portal web de la Administración competente en la que se recabará la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma acerca de:

a) Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
b) La necesidad y oportunidad de su aprobación.
c) Los objetivos de la norma.
d) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.”

Artículo 26.2 de la Ley 50/1997. Procedimiento de elaboración de normas con rango de Ley y reglamentos.
La elaboración de los anteproyectos de ley, de los proyectos de real decreto legislativo y de normas reglamentarias se ajustará al siguiente procedimiento:

  1. Se sustanciará una consulta pública, a través del portal web del departamento competente, con carácter previo a la elaboración del texto, en la que se recabará opinión de los sujetos potencialmente afectados por la futura norma y de las organizaciones más representativas acerca de:
    a) Los problemas que se pretenden solucionar con la nueva norma.
    b) La necesidad y oportunidad de su aprobación.
    c) Los objetivos de la norma.
    d) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias. “

¿Quién puede hacer propuestas al borrador de Proyecto de Real Decreto que regulará el SERPA?

Cualquier persona puede hacer propuestas y sugerencias sobre el contenido del

es decir, todos los ciudadan@s, organizaciones y asociaciones pueden enviar propuestas al citado texto normativo.

Plazo para enviar sugerencias y propuestas

Según el documento emitido por la Dirección General de Derechos de los Animales desde el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 el plazo para hacer alegaciones es hasta el día 1 de abril de 2021.

Puedes ver dicho documento aquí.

¿Cómo pueden presentarse propuestas al Proyecto del Real Decreto que regulará el SERPA?

Las sugerencias, opiniones y propuestas que consideres que debería incluir el Proyecto de Real Decreto que regulará las bases legales para poner en marcha el SERPA, Sistema Estatal de Registros de Protección Animal

se pueden presentar por email, hasta el 1 de abril de 2021, en la siguiente dirección electrónica
consultasdgda@vpsocial.gob.es

Anímate a participar en la protección de los animales

Recuerda que hasta el 1 de abril de 2021 puedes aportar tus sugerencias y propuestas al Proyecto de Real Decreto que regulará las bases legales para poner en marcha el SERPA, Sistema Estatal de Registros de Protección Animal

¡ Anímate ¡

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