En este artículo vamos a analizar varios puntos, como por ejemplo, los que te cito a continuación:
- El articulado del Código Penal que regula el delito de apropiación indebida de un animal.
- Los hechos que están tipificados como constitutivos de delito de apropiación indebida de un animal.
- La pena que puede imponer un juez a la persona condenada por la comisión de un delito de apropiación indebida.
Además, también vamos a ver, en qué supuestos se suele denunciar por delito de apropiación indebida de un animal a las personas que se encuentran a un animal deambulando suelto y lo rescatan.
En lugar, de investigar y denunciar a la persona responsable del animal que es objeto de dicho rescate.
Y es que La realidad en materia de derecho animal supera en muchas ocasiones a las películas de ciencia ficción.
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¿Cuándo puede ser denunciada una persona por delito de apropiación indebida?
Una persona puede ser denunciada por un delito de apropiación indebida por el mero hecho de haber rescatado un animal presuntamente abandonado y/o maltratado, que deambulase solo por la calle y negarse posteriormente a devolvérselo a la persona propietaria y/o poseedora del animal.
En el caso de que ésta se lo reclame y lo denuncie.
De ahí, que en la práctica nos encontremos con casos de personas que se convierten en presuntos delincuentes, por el mero hecho de rescatar, atender y cuidar a un animal que se encontraba deambulando solo, presuntamente abandonado y/o maltratado.
Sin ir más lejos, esto es lo que sucede a
- toda aquella persona (particular o voluntaria de una entidad de protección animal)
- que es denunciada por la vía penal,
- ante la negativa de ésta a devolver el animal rescatado a la persona presuntamente propietaria y/o poseedora del mismo,
- porque dicho animal apareció deambulando solo,
- con pruebas indiciarias de haber sido presuntamente maltratado y/o abandonado.
¿Por qué tipo de delito puede ser denunciada la persona que rescata a una animal deambulando suelto y se niega después a devolverlo?
La respuesta la tenemos en los artículos 253 y 254 del código penal que tipifican como delito de apropiación indebida
el hecho de apropiarse una cosa mueble.
A continuación vamos a ver el contenido de dichos preceptos penales, que tipifican el delito de apropiación indebida de un animal.
Delito de apropiación indebida del artículo 253
El artículo 253 del código penal dice textualmente lo siguiente:
«1. Serán castigados con las penas del artículo 249 o, en su caso, del artículo 250,
salvo que ya estuvieran castigados con una pena más grave en otro precepto de este Código, los que, en perjuicio de otro,
se apropiaren para sí o para un tercero,
de dinero, efectos, valores o cualquier otra cosa mueble,
que hubieran recibido en depósito, comisión, o custodia,
o que les hubieran sido confiados en virtud de cualquier otro título que produzca
la obligación de entregarlos o devolverlos,
o negaren haberlos recibido.
2. Si la cuantía de lo apropiado no excediere de 400 euros, se impondrá una pena de multa de uno a tres meses.»
Delito de apropiación indebida del artículo 254
El artículo 254 del código penal tipifica como delito de apropiación indebida la comisión de los siguientes hechos:
» 1. Quien, fuera de los supuestos del artículo anterior,
se apropiare de una cosa mueble ajena,
será castigado con una pena de multa de tres a seis meses.
Si se tratara de cosas de valor artístico, histórico, cultural o científico, la pena será de prisión de seis meses a dos años.
2. Si la cuantía de lo apropiado no excediere de 400 euros, se impondrá una pena de multa de uno a dos meses.«
Apropiación de una cosa mueble
Un dato importante a tener en cuenta cuando hablamos del delito de apropiación indebida regulado en los preceptos 253 y 254 del código penal es el hecho de que el legislador penal se refiere a la apropiación de una cosa mueble.
El Código Civil Español es del año 1889 regulaba que los animales eran cosas muebles semovientes.
Si bien, hay que precisar que dicho estatus jurídico de los animales fue modificado por laLey 17/2021, de 15 de diciembre, de modificación del Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil, sobre el régimen jurídico de los animales.
Los animales ya no son cosas en el Código Civil
Los animales han tenido en el Código Civil la categoría jurídica de cosa mueble semoviente hasta el 5 de enero de 2022.
Fecha en la que el régimen jurídico de todos los animales cambió en el código civil, en virtud, de la Ley 17/2021, de 15 de diciembre, de modificación del Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil, sobre el régimen jurídico de los animales
Desde el 5 de enero de 2022 todos los animales tienen la consideración jurídica de seres vivos dotados de sensibilidad y de seres sintientes, tal y como lo regula, el artículo 333 bis apartados 1 y 2 respectivamente del código civil.
Siendo esta reforma del código civil un argumento de defensa para la persona que sea denunciada por este delito de apropiación indebida.
De hecho, algunos jueces están archivando las causas penales por delito de apropiación indebida de un animal tras la citada reforma del código civil, por entender, que los animales ahora no son cosas.
Y que el delito de apropiación indebida solo se puede cometer cuando la persona denunciada se ha apropiado de una cosa.
Pero ojo.
No hay que confiarse con este tema, porque la jurisprudencia es contradictoria.
Unos jueces sí estiman este delito y otros no.
Al respecto, es interesante conocer que los párrafos 2 y 3 del apartado II del Preámbulo de la Ley 17/2021, de 15 de diciembre, de modificación del Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil, sobre el régimen jurídico de los animales regula que se aplica supletoriamente el régimen de las cosas a los animales, salvo en aquellos casos en los que exista una legislación específica.
¿Puede ir a prisión la persona que rescata a un animal de la calle y se niega a devolverlo?
NO.
Y no, según lo regulado en los preceptos 253 y 254 del código penal,
siempre y cuando el «valor de tasación judicial del animal no supere los 400 euros«.
Valor de la cosa mueble
Los artículos 253 y 254 del código penal regulan el delito de apropiación indebida en aquellos supuestos en los que la cosa objeto de apropiación (el animal) no supere el importe de 400 euros.
Dichos preceptos tienen la categoría de un delito leve.
De ahí, que su pena sea liviana.
Siendo una pena de multa de 1 a 3 meses, en el artículo 253.
Y de 1 a 2 meses, en el artículo 254.
En otros casos, de apropiación indebida en los que el animal pudiera tener un valor superior a 400 euros, según tasación judicial, se estaría cometiendo un delito menos grave.
Y, en ese supuesto, las consecuencias penales, podrían ser más gravosas para la persona denunciada delito de apropiación indebida de un animal.
Se recomienda la lectura de los preceptos 249 y 250 del código penal.
El caso del labrador y la empresa de recogida de animales denunciada por delito de apropiación indebida de un animal
Sin ir más lejos, recuerdo ahora mismo, el caso de un perro labrador blanco, de 3 años de edad, que fue recogido por una empresa de recogida de animales contratada por el Ayuntamiento donde residía el propietario del citado perro.
Los hechos sucedieron en un municipio de Murcia.
Esta empresa nunca avisó al propietario del labrador.
A pesar de que el animal tenía microchip y éste denunció el extravío de su perro.
Empresa de recogida de animales no ética. Animal recogido y desaparecido. Denunciada por delito de apropiación indebida del animal
El propietario se enteró de que dicha empresa tenía a su perro por un conocido, que fue a las instalaciones de dicha empresa a buscar directamente allí a sus dos perros que también se le habían extraviado.
Perros que por cierto, también estaban en las instalaciones de dicha empresa.
Y a cuyo propietario tampoco había avisado la empresa.
La citada empresa que para nada cumple con un servicio de recogida ética de animales abandonados y extraviados, fue denunciada por el propietario del labrador.
La denuncia por delito de apropiación indebida del perro labrador.
Como el perro había desaparecido de las instalaciones, sin explicación alguna por parte de la citada empresa.
El perro recogido por la empresa y que no fue devuelto a su propietario, fue tasado en el juzgado
El valor del perro labrador que tenía un año de edad fue tasado en el juzgado.
Un perito del juzgado lo tasó en un valor de 300 euros.
Lo que implicaría, a fecha de hoy, la tramitación de un delito leve de apropiación indebida.
Sin embargo, cuando sucedieron estos hechos, aún estaban en vigor las faltas en el código penal.
Por lo que el caso, se tramitó por juicio de faltas por apropiación indebida del perro labrador citado.
Dichos hechos ocurrieron en el año 2014, antes de la reforma del código penal del año 2015.
Triste final de este caso
En dicha reforma se eliminaron todas las faltas del código penal, siendo reconvertidas muchas de estas en delitos leves, tal y como sucede actualmente con los artículos 253 y 254 citados.
Por ello, la persona que rescata a un animal de la calle en situación de abandono y/o maltrato y se niega a devolverlo, en caso de ser denunciada, juzgada y condenada por delito de apropiación indebida, si el animal no supera el valor de 400 euros, será condenada con una sanción económica.
Por cierto, el caso del labrador, no tuvo final feliz.
El perro nunca apareció, la empresa jamás dijo qué hizo con él y además la causa penal fue archivada, porque el propietario denunció a la empresa por la vía penal demasiado tarde.
Cuando lo hizo, los hechos habían prescrito, tanto por la vía penal como por la vía civil.
¿Qué puede hacer la persona que rescata un animal de la calle con indicios de haber sido maltratado y/o abandonado?
En estos casos, la respuesta es compleja.
Si bien, siempre aconsejo que la persona que rescata a un animal se proteja legalmente.
Y no solo se proteja ella, sino que también proteja al animal rescatado.
Para ello, te recomiendo que recopiles todas las pruebas que comentamos en el curso online «Cómo actuar legalmente al encontrar a un animal» del IPA, Instituto de Protección Animal.
Y sobre todo que no cometas los errores frecuentes que se dan en la mayoría de estos casos.
Errores que dan lugar a que personas que han rescatado a animales que deambulan sueltos, se vean denunciadas por la vía penal e incluso condenadas.
Si rescatas animales, protégete legalmente.
Y protege al animal rescatado.
Cómo actuar legalmente al encontrar a un animal

En el curso online «Cómo actuar legalmente al encontrar a un animal» que se imparte en el IPA, INSTITUTO DE PROTECCIÓN ANIMAL.
Esta formación aborda en profundidad el delito de apropiación indebida de un animal analizado en este artículo.
Puedes hacerlo a tu ritmo.
El contenido del curso está explicado en formato vídeo.
De hecho el curso online «Como actuar legalmente al encontrar a un animal» incluye:
- 30 vídeos explicativos (en los que de analiza y explica el contenido del programa, que puedes leer más abajo)
- recursos didácticos (artículos, pdfs y otros materiales)
- 1 modelo de escrito de comunicación de hallazgo de animal
- 1 modelo de contrato de cesión
- certificado del IPA (si lo solicitas, al inscribirte)
Los puntos del programa del curso online «Como actuar legalmente al encontrar un animal» son los siguientes:
- Análisis de casos reales de personas denunciadas.
- Denuncia por delito de apropiación indebida.
- Análisis previo del protocolo municipal.
- Legislación aplicable.
- Cómo proteger legalmente al animal encontrado.
- Cómo proteger legalmente a la persona que encuentra al animal.
- Pruebas del hallazgo del animal encontrado.
- Errores frecuentes en el hallazgo y recogida de animales.
- Preguntas frecuentes.